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'Multazo' para los que difundan fotos y vídeos íntimos

La Ley de garantía integral de la libertad sexual (conocida coloquialmente como ley del solo sí es sí), que se aprobará este jueves en el Pleno del Congreso de los Diputados, trae consigo novedades en la difusión de imágenes o vídeos íntimos sin consentimiento.

El nuevo texto normativo estipula, tal y como informa, que los individuos que difundan, revelen o cedan a terceros este tipo de material (sin obtener una autorización expresa de la persona afectada) serán castigados con una pena de cárcel de tres meses a un año o con una de seis a doce meses.

Por otro lado, también se sancionará con multas de uno a tres meses a aquellas personas que reciban esas fotos o vídeos íntimos y los compartan con otros sujetos.

En el caso de que quien cometa algunos de los delitos citados en los párrafos anteriores sea pareja o expareja de la víctima, que esta sea menor de edad o una persona con discapacidad o que los hechos sean perpetrados con un fin lucrativo, la pena impuesta corresponderá a la mitad superior del intervalo.

Las redes sociales también tendrán un papel importante en esta nueva ley, ya que considerará como delito de acoso la utilización sin permiso de la imagen de otra persona para “realizar anuncios o abrir perfiles falsos en redes sociales, páginas de contacto o cualquier medio de difusión pública, ocasionándole a la misma situación de acoso, hostigamiento o humillación”.

Estos hechos, como en el caso de la difusión sin permiso de fotografías o vídeos íntimos, se castigarán también con penas de prisión tres meses a un año o multas de seis a doce meses.

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