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Los requisitos que impiden a estos trabajadores jubilarse antes de los 66 años

Todos los trabajadores desean alcanzar la edad de jubilación para poder disfrutar de la vida, después de cumplir con los requisitos de cotización a la Seguridad Social exigidos por ley. La edad ordinaria de jubilación está fijada en los 65 años, siempre que se haya alcanzado un periodo de cotización de 37 años y seis meses.

Aquellas personas que cumplan con este periodo de cotización podrán jubilarse a los 65 años, pero el resto debe esperar a cumplir los 66 años. Para poder acceder a la jubilación, los trabajadores deben estar afiliados a la Seguridad Social, tener cumplida la edad exigida por ley y cumplir con el periodo mínimo de cotización, fijado en 15 años. Además, es imprescindible cotizar un mínimo de dos años en los últimos 15 años antes de presentar la solicitud de jubilación.

Con los cambios introducidos en el sistema de pensiones, aquellos trabajadores que presenten una, si quieren jubilarse con el 100 % de la pensión que les corresponde, tendrán que tener 66 años y dos meses cumplidos. Una ley aprobada de acuerdo con la reforma de las pensiones acordada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y los agentes sociales en 2011.

Precisamente, el nuevo periodo de cotización y la edad de jubilación ordinaria son factores que ha provocado retrasos en la edad de jubilación, aunque no son los únicos ya que hay trabajadores que pese a llegar a la edad ordinaria, no han podido jubilarse todavía. También se debe cumplir con los años cotizados para poder acceder a una jubilación anticipada voluntaria o una jubilación derivada por cese involuntario en el trabajo.

En el primer caso, el periodo de cotización requerido es de 35 años, mientras que en el caso de las jubilaciones anticipadas involuntarias, se debe llegar a

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